¿COMO TRAMITO MI VISA AMERICANA?

PARRADO OCHOA HOLGUIN & CIA. ABOGADOS, es una firma de abogados con oficinas en Medellín Colombia y asociadas en Miami (Fl.) Estados Unidos.

sábado, 12 de noviembre de 2011

MATRIMONIO CON CIUDADANOS AMERICANOS

Muchas personas, cuyo sueño es contraer matrimonio con ese principe azul o princesa rosa extranjeros, en muchas oportunidades, se llevan un chasco, cuando su novio o novia ya está en Colombia, y van a la notaría con todas las expectativas de casarse lo antes posible, una boda de película aprovechando los pocos días que le dieron a tu amor para venir a visitarte, y finalmente tiene que regresar a este país lejano, con la frustración y la angustia de no haber podido cumplir su sueño. Todo, por no haber consultado antes que había que hacer, que documentos debía aportar o que procesos había que tramitar antes de llegar al punto de firmar el acta de matrimonio.
PRIMER PASO:
Ambos prometidos deben verificar si son solteros o en caso de haber estado casados, que se haya realizado el divorcio del mismo. El hecho de que te diga que su esposa o esposo no lo volvieron a ver hace años, no indica que esten divorciados. El divorcio debe ser realizado ante una Corte en su país de origen y debe tener la sentencia del mismo.
SEGUNDO PASO:
Si alguno de los dos tiene hijos menores de edad, debe iniciarse un pequeño y simple proceso en Colombia que se denomina INVENTARIO DE BIENES DE MENORES, y es una exigencia legal que consiste en que el padre o la madre de un hijo habido de una relación anterior, debe, a través de un abogado Colombiano, presentar ante un Juez de Familia una solicitud para inventariar los bienes que le hayan podido corresponder al hijo, o si no los tiene, declarar que no hay bienes, pero sin este trámite NO van a dejarte casar.
TERCER PASO:
La documentación: EL EXTRANJERO debe aportar: 1. Certificado de nacimiento, el cual debe ir APOSTILLADO. ¿Y que es LA APOSTILLA? Es un sello de legalidad creado a partir del tratado de LA HAYA, mediante el cual un documento emanado de una autoridad en el extranjero se le da plena validez para ser usado en otro país. Todos los paises que suscribieron el Tratado de La Haya, tienen oficinas de APOSTILLA, por favor busca en internet la mas cercana.
2. Si hay divorcio, sacar copia de la sentencia de DIVORCIO del matrimonio anterior y hacerla apostillar igualmente.
3. Copia del pasaporte.
OJO. Si los documentos están en idioma diferente al español, no lo traduzcas en el pais de origen, en Colombia deben ser traducidos por traductor inscrito ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
EL O LA COLOMBIANA deben aportar: 1. Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento. 2. Si eres divorciado o divorciada, copia de la sentencia. 3. Si tienes hijos menores de una relación anterior, la sentencia del INVENTARIO SOLEMNE DE BIENES.
IMPORTANTE: Que tu novio o novia, te los envie antes por scaner o fax para hacerlos revisar en la Notaría, antes que venga y le falte alguno, y te quedes con el pastel y la recepción pagada.
Y si además tu sueño luego es poder irte para el país de tu esposo o esposa, no creas que te vas a ir con el o ella para la embajada respectiva y te van a dar tu visa para luego de la boda irte de luna de miel, esto es una idea generalizada y lastimosamente he tenido que escuchar cientos de historias de esposas y esposos enamorados que van del brazo de su esposo o esposa esperando les den la bienvenida a este país del que vienen sus amores y se llevan la decepción de su vida.
Si tus planes, luego de la boda es poder radicarte con tu esposo o esposa extranjero, simplemente contáctanos, contamos con abogados especializados en INMIGRACION en Colombia y en Los Estados Unidos, cualquier duda, por favor llamanos, cada caso es diferente y tus sueños son diferentes a los de tu vecina o tu amiga.
TODOS EN ALGUN MOMENTO CREEMOS SABER DE INMIGRACION y finalmente nos damos cuenta que al último que recurrimos es al especialista.
Estamos a una llamada de distancia o puedes acordar tu cita en Medellín a los siguientes teléfonos: (4) 232 35 06 – 262 36 01 – 262 84 58 cel: 310 831 84 82
GONZALO ANIBAL PARRADO OCHOA
www.parradoabogados.com